SIRADIG 2024 Impuesto a las ganancias Regimen general o Impuesto cedular: que tenés que saber?

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha puesto a disposición de los contribuyentes el formulario 572 Web (Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias – SiRADIG) correspondiente al período fiscal 2024. Esta herramienta es fundamental para que los empleados en relación de dependencia y otros sujetos obligados puedan transmitir a sus empleadores las deducciones, percepciones y los ingresos de otros empleos en caso que corresponda. A continuación, te presentamos las novedades más importantes que debes conocer:

1️⃣ ¿Qué es el SIRADIG?

El SIRADIG es el Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias que permite a los empleados transmitir a sus empleadores las deducciones, percepciones y los ingresos de otros empleos en caso que corresponda.

2️⃣ ¿Quiénes están obligados a presentarlo?

Están obligados a presentar el SIRADIG todos los empleados en relación de dependencia, funcionarios públicos, magistrados y empleados del Poder Judicial nombrados a partir del año 2017, jubilados y pensionados, socios de cooperativas de trabajo, excepto los consejeros. Es importante destacar que en todos los casos es obligatoria la presentación, incluso si no se realizan retenciones del impuesto.

3️⃣ ¿Cómo se carga la información?

Para cargar la información, los contribuyentes deben ingresar con su CUIT y clave fiscal a través de la página de AFIP, específicamente al servicio SIRADIG – Trabajador.

4️⃣ ¿Qué hay de nuevo para este año?

La principal novedad para la carga del formulario del año 2024 es que se debe seleccionar si te corresponde el Régimen Cedular o el Régimen General. El sistema también brinda la opción de seleccionar ambos regímenes, en este caso hay que detallar mes por mes cuál corresponde (cedular, general o ambos).

5️⃣ ¿Quiénes tributan en el Régimen Cedular?

Todos tributan en el Régimen Cedular, excepto aquellos incluidos en el Régimen General. En este caso, el sistema no permite informar cargas de familia ni deducciones, salvo los pagos al personal de casas particulares y aportes a Sociedades de Garantía Recíproca (SGR), que son los únicos conceptos deducibles además del Mínimo No Imponible (MNI) de 15 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM). En enero es

Impuesto Cedular, la cual es aplicable a sujetos que obtengan mayores
ingresos, tales como empleados en relación de dependencia, jubilados, retirados o
pensionados, entre otros.

Aclaraciones:

  • Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente al 01 de Enero de 2024: $156.000.-
  • Mínimo no Imponible mensual (15 SMVM): $2.340.000.-
ConceptoMonto
(+) Haberes brutos$ 3.000.000,00
(-) Mínimo no Imponible$ 2.340.000,00
Mayor Ingreso Neto$ 660.000,00
S/ Excedente de$ 468.000,00
Subtotal 1$ 192.000,00
% Sobre Subtotal 131%
(1) Subtotal 2$ 59.520,00
(2) Monto Fijo$ 132.600,00
Retención Enero$ 192.120,00
En este caso de ejemplo, los haberes brutos son de $3.000.000,00. Después de restar el Mínimo No Imponible de $2.340.000,00, obtenemos un Mayor Ingreso Neto de $660.000,00. Sobre el excedente de $468.000,00, se calcula un subtotal del 31%, lo que resulta en $59.520,00. Luego, se suma el Monto Fijo de $132.600,00 para obtener la Retención correspondiente a enero de $192.120,00.

6️⃣ ¿Quiénes tributan en el Régimen General?

Tributan en el Régimen General los siguientes:

  • Magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial nombrados a partir de 2017.
  • Secretarios de Estado en adelante y sus equivalentes, diputados y senadores.
  • Quienes perciban remuneraciones provenientes de consejeros de las sociedades cooperativas.
  • Asignaciones mensuales y vitalicias reconocidas a presidentes y vicepresidentes de la Nación.
  • Quienes perciban sueldos por cargos de directores, síndicos y miembros de consejos de vigilancia de sociedades anónimas y cargos equivalentes en otras sociedades, asociaciones, fundaciones y cooperativas.

En este caso se habilita la posibilidad de informar las cargas de familia y la totalidad de las deducciones admitidas por la ley.

7️⃣ Recordatorios importantes

Una vez cargada toda la información, se genera una vista previa del formulario y desde allí se debe enviar al empleador a través de la presentación final del mismo.

Paso a paso: Cómo seleccionar el régimen en el formulario 572

Paso 1: Ingresar al formulario 572 – SiRADIG Trabajador

Una vez dentro del formulario, se encontrará una sección donde se debe seleccionar el régimen correspondiente.

Paso 2: Seleccionar Régimen Cedular o Régimen General

En esta sección, se debe marcar si se opta por el Régimen Cedular (Mayores Ingresos) o por el Régimen General.

Paso 3: Completar la información restante

Una vez seleccionado el régimen correspondiente, se debe continuar completando el resto de la información solicitada en el formulario.

Paso 4: Vista previa y envío al empleador

Una vez finalizada la carga, se genera una vista previa del formulario completo. Revisar que toda la información esté correcta y luego enviar al empleador a través de la presentación final.

Con estas novedades, los contribuyentes argentinos deben tener en cuenta las opciones que ofrece el SiRADIG 2024 y cómo estas afectarán su declaración de impuestos y carga impositiva final.

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